A 66 años del reconocimiento del voto de las mujeres en México ¡Aún hay mucho que hacer!

 

Amables lectores, ¡Les saludo con el gusto de siempre! El pasado 17 de octubre, se cumplieron 66 años del reconocimiento del derecho de voto y ser votadas las mujeres en la Constitución Política de nuestro País. 

El 6 de abril de 1952, más de 20 mil mujeres se congregaron en el Parque 18 de marzo de la Ciudad de México, para demandar, lo que les había prometido el entonces candidato a la presidencia, Adolfo Ruiz Cortines. Ellas querían ver plasmado en la Constitución el derecho a votar y votadas.

Ruiz Cortines, asumió la presidencia el 1 de diciembre de 1952. Le tomó casi un año cumplir su promesa de campaña con las mujeres mexicanas y el 17 de octubre de 1953, se promulgaron las reformas constitucionales que otorgaron el derecho de voto a las mujeres en el ámbito federal.

17 de octubre de 1953, se publicó la adición al artículo 34 constitucional que establecía en aquel entonces: “son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años, siendo casados, o 21 si no lo son, y tener un modo honesto de vivir”. Esto se dio después de que la ONU había llamado a los países miembros a reconocer los derechos políticos de las mujeres. Fue así que las mujeres, después de una ardua lucha, obtuvieron el derecho a votar y ser consideradas como ciudadanas. Es necesario mencionar que México, fue el último país de Latinoamérica en consolidar este derecho.

Sesenta y seis años después, la lucha de las mujeres en México sigue, toda vez que, continúa una marcada disparidad entre los géneros; por ejemplo, en el ámbito laboral, las mujeres trabajadoras siguen ganando un 24% menos que los hombres a nivel mundial, de acuerdo con la Organización de Naciones Unidas. La marcada distinción entre lo que se percibe de salario, por una mujer y un hombre tiene que ver con un “sistema de género”, donde el dominio es patriarcal y se establecen relaciones no equitativas entre mujeres y hombres, por lo que, tiende a demeritarse el trabajo que realizan las mujeres y se privilegia la fuerza laboral de los hombres. 

El concepto de género que cada sociedad en particular construye y que asigna a mujeres y hombres lleva a desigualdades y, a su vez, estas causan inequidad entre mujeres y hombres en determinados campos. 

En nuestra sociedad, la desigualdad entre mujeres y hombres está muy marcada en la participación política, en la libertad sexual, en la libertad de expresión, en la libertad de decisión, en el acceso al sistema educativo formal, en encontrar un trabajo, en gozar de un salario igual al de los hombres que desempeñan un trabajo igual, entre otras.

Por todo lo anterior, se obliga a los Organismos de Defensa de Derechos Humanos, a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), al gobierno en sus tres niveles y a la sociedad civil a trabajar en lo que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, denomina “perspectiva de género”, que se refiere a la metodología y a los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.

De nada nos sirve tener un cúmulo de leyes e instituciones, si en su accionar no se tutelan debidamente los sectores de la población que más lo necesitan. 

  • Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.
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