Fortalecimiento o renovación de las instituciones de derechos humanos en México

Estimados lectores, el pasado 11 de diciembre el H. Ayuntamiento de Puebla a través de la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Género, que preside la regidora Carmen María Palma Benítez, organizó con motivo del 70° aniversario de la Declaración Universal de los Derechos humanos, un foro que tuvo lugar en el Teatro de la Ciudad, en el que participé en la Mesa de Discusión: “Fortalecimiento o Renovación de las Instituciones de Derechos Humanos”, compartiendo la mesa con Michael William Chamberlin Ruíz y Josué Hernández Ramírez.

Considero que este tipo de ejercicio coadyuvan a promover los derechos humanos y, enriquecen las tareas a desarrollar por los organismos institucionalizados defensores de derecho humanos, así como, por las organizaciones no gubernamentales defensoras de derechos humanos.

 Desde mi perspectiva, misma que abordé en dicho evento en cuanto a fortalecer o renovar las Instituciones de Derechos Humanos, es importante reconocer que, con la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en nuestro país, en 1990 se inició un proceso de transformación de las normas jurídicas que han permitido ampliar sus alcances con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales y los derechos humanos que tenemos los gobernados.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, es de los organismos defensores más completos que existen en el mundo contemporáneo, como lo podemos ver en algunas de sus atribuciones que desde mi punto de vista se ubican unas como preventivas y otras como correctivas y son:

I.- Atribuciones preventivas:

  • La defensa y promoción de los derechos humanos.
  • Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
  • Proponer cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos;
  • Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
  • Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;
  • La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres;
  • Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social del país.

II.- Atribuciones correctivas:

  • Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos;
  • Formular recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y, quejas ante las autoridades respectivas.
  • Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;
  • Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social del país.

Además de estas atribuciones cabe señalar que la CNDH, goza de autonomía constitucional por lo que tiene independencia del poder ejecutivo para realizar la defensa de los derechos humanos.

Y, otro elemento relevante es que la elección del presidente de la comisión se da por parte del poder legislativo, como en la mayoría de los casos en el mundo, que permite garantizar la independencia del ejecutivo.

 Ahora bien, de las atribuciones que señalé, y al hacer un balance de las funciones que realizan los organismos de defensa de derechos humanos, los resultados considero no son satisfactorios para la sociedad, y esta percepción se da por todas las violaciones a derechos humanos que vivimos a diario en el país como: los feminicidios, homicidios dolosos, la trata de personas, las denuncias por tortura, las desapariciones forzadas, el hostigamiento a periodistas y defensores de los derechos humanos, por lo que, es necesario además de fortalecer también renovar sustancialmente las instituciones de defensa de derechos humanos en México.

Ahora bien, es importante señalar que la Comisión de Derechos Humanos tiene completa influencia del modelo del Ombudsman de 1978 en España, y llega por primera vez a Latinoamérica específicamente a Guatemala, y que según Rocatti asegura que la figura del Ombudsman español influye de manera importante en el ánimo de las naciones latinoamericanas.

Es de resaltar que el nombre que más se ha usado en los organismos constitucionales defensores de los derechos humanos en América Latina, es “Defensor del Pueblo”, aunque algunos países como Guatemala, el Salvador, Nicaragua, Puerto Rico, han optado por la denominación “Procurador de Derechos Humanos”, y países como México y Honduras, le dan el nombre de Comisión de Derechos Humanos, nueve  países latinoamericanos utilizan el término “Defensor del Pueblo”, como Colombia, Paraguay, Argentina, Perú, Bolivia, Ecuador, Panamá, Venezuela y Costa Rica.

Como lo refiere el Maestro Francisco Javier Campos Orozco la palabra “defensa” se acerca más a la función sustancial que tienen este tipo de organismos y, que rompe con la pasividad de los términos “Procuraduría y Comisión”, que incluso para personas que carecen de educación básica es más fácil entender el concepto de defensa que el de presidente de una comisión o procurador de derechos humanos.

El Ombudsman criollo como lo llama Rocatti, tiene sus propias vicisitudes ya que en América Latina existen violaciones a derechos humanos como desapariciones forzadas, casos de tortura, relación del ejército con grupos del crimen organizado etc. A diferencia del Ombudsman europeo que atiende asuntos distintos.  

En términos de lenguaje, la figura del Defensor del Pueblo es más cercana a la gente, por lo que valdría la pena optar por esa denominación en nuestro país, pero independientemente de cambiarlo, lo que se requiere es comenzar por elegir al perfil correcto. La misma ley establece los requisitos para ser presidente de la CNDH y son entre otros:

  • Tener cumplidos treinta y cinco años, el día de su elección.
  • Contar con experiencia en materia de derechos humanos.
  • Gozar de buena reputación.
  • Tener preferentemente título de licenciado en derecho.

 A mi juicio, creo que aquí está la razón del bajo desempeño de los organismos de defensa de los derechos humanos, hay que adecuar los requisitos para ser presidente de la CNDH. En primer lugar, no se le puede limitar a algún profesionista a participar en este proceso, tenemos ejemplos de defensores sociales que luchan y, en algunos casos pierden la vida por defender los derechos humanos por lo que, se debe establecer como requisito que los aspirantes deban probar su vocación en la defensa de los derechos humanos. Los organismos de defensa se deben democratizar, asimismo, los aspirantes deben tener autoridad moral, tener capacidad de persuasión para buscar soluciones a los problemas que se le platean y capacidad de interlocución.

El poder legislativo debe establecer mecanismos para que los que están al frente de este tipo de organismos cumplan con los fines, por lo tanto, se deben exigir indicadores de desempeño por parte del Senado o los congresos locales para efecto de que se acredite que el titular de la Comisión está alcanzado sus objetivos, debido a los planes de trabajo que haya presentado. Este tipo de instrumentos daría certeza de que el Defensor está cumpliendo las metas previstas y finalmente, reducir el periodo de duración del cargo a dos años y con posibilidad de ser ratificado en función de sus indicadores de desempeño. 

Debemos seguir el ejemplo del primer ombudsman elegido en Dinamarca Stephan Hurwuitz, el 21 de marzo de 1955, que tenía mucho prestigio por su autoridad moral reflejada en su atención. En la puerta de su oficina estaba un letrero que decía “La puerta está abierta”. Se le ha considerado el promotor del ombudsman en el resto de Europa, sus características fueron: tacto en el trato de los asuntos, inteligencia y percepción. Se puede decir que esta figura danesa ha tenido aceptación universal debido al éxito de su trabajo, incluso ha sido copiado su modelo en otras naciones. 

¡Ser defensor de los derechos humanos no es un trabajo, es una vocación!

 

  • Es Doctorante en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como Abogado Asesor en la Defensoría de los Derechos Universitarios, profesor colaborador en la Facultad de Derecho y C.S., y es Director del Bufete Jurídico “Pinto y Asociados” S.C.

Comentarios: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Twitter: @apjorge/ facebook: Jorge Pinto

 

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