Estimados lectores, el combate al robo de combustible ha acaparado la atención de todos los mexicanos en los últimos días, y nos olvidamos que hay muchos temas que atender como lo es: “el fenómeno de la trata de personas”.
María tiene 22 años y es originaria de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, llegó a la ciudad de Puebla hace cuatro años con la intención de estudiar una licenciatura, desafortunadamente, su mamá se enfermó y tuvo que posponer su proyecto académico para apoyarla económicamente por lo que, comenzó a trabajar como mesera en un restaurante del centro de la ciudad, allí conoció a Juan, con el que inició una bonita relación de noviazgo y un año después, quedó embarazada.
A partir de ese momento, Juan cambió, empezó a ser agresivo, la golpeaba y amenazaba una y otra vez. Cuando nació Mateo (su bebé), Juan, se llevó al niño a casa de sus hermanos y, María vivía con miedo por lo agresivo que era Juan. Una tarde Juan llevó a dos amigos al departamento en el que vivía con María, tomaron unas cervezas y frente a Juan, María fue violentada sexualmente por sus amigos; su vida estaba desecha, Juan le dijo que si quería volver a ver a su hijo no debía denunciarlo porque su hijo terminaría muerto en algún basurero de la ciudad, desde entonces, María fue prostituida por Juan a través de Facebook, los interesados en contratar los servicios sexuales que se ofrecían debían de realizar el pago a una cuenta bancaria antes de ver a María en un Motel, ubicado en la zona metropolitana de la ciudad. Hace seis meses un cliente de María la ayudó denunciando, y fue liberada del yugo de su tratante, su hijo fue recuperado. Actualmente recibe apoyo jurídico y clínico por parte de una asociación civil dedicada a apoyar victimas de trata.
El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, mejor conocido como “Protocolo de Palermo” señala que: por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá como mínimo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
En México, el delito de trata de personas se encuentra tipificado en la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas de estos Delitos, en dicha ley se contemplan diversos escenarios para la comisión del delito, incluyendo la trata de personas a nivel nacional e internacional.
Los avances en la prevención de la trata, así como en la comprensión de los mecanismos por medio de los que operan las redes delictivas son limitados, en parte, debido a la falta de investigación con una metodología uniforme e indicadores medibles y dado que la trata de personas es una actividad criminal y como tal las organizaciones involucradas operan en la clandestinidad, actualmente no se cuenta con un cálculo absoluto del número de personas afectadas por la trata en México. http://imumi.org/index.php/trata-de-personas/trata-de-personas-en-mexico
Según el Informe Global sobre Trata de Personas 2018 de Naciones Unidas, la explotación sexual (59 %) sigue siendo el delito más frecuente, lo que hace que las mujeres y niñas representen un 70% las víctimas totales de la trata, asimismo, destaca que en Centroamérica y el Caribe se ha detectado a más niñas como víctimas de explotación sexual que en otras regiones, donde suelen ser mujeres adultas. En todo el mundo, la mitad de las víctimas son mujeres adultas (49 %), mientras que las niñas suponen el 23 % del total y su número va en aumento. Los hombres representan el 21 % y los niños, el 7 %. https://news.un.org/es/story/2019/01/1449042
Por todo lo anterior, es conveniente que los ministerios públicos realicen adecuadamente las labores de investigación para sancionar a aquellos que cometan este delitos, aplicar plenamente los protocolos de identificación y remisión de víctimas, incrementar el presupuesto para proporcionar mejores servicios a las víctimas y para capacitar al personal de fiscalía, capacitar a los funcionarios judiciales para solicitar resarcimiento para las víctimas según lo establecido por la ley, mejorar los mecanismos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y locales.
•Es Doctorante en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como Abogado Asesor en la Defensoría de los Derechos Universitarios y profesor colaborador en la Facultad de Derecho y C.S.
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