Estos son los lineamientos para la reapertura, pese a la saturación hospitalaria en Puebla

El Gobierno del Estado de Puebla emitió un nuevo decreto para el reinicio de actividades no esenciales de manera gradual, a fin de reactivar la economía poblana pero salvaguardando la salud de las y los ciudadanos.

En conferencia de prensa, el gobernador Miguel Barbosa Huerta, anunció la publicación de este documento en donde se establecen las normativas sanitarias y las medidas de reapertura para el comercio con giro no esencial.

“Hoy como todos lo tienen previsto un conjunto de medidas que tienen que ver con el combate a coronavirus, pero también en un conjunto de medidas en apertura de actividades esenciales y no esenciales para poder generar una actividad social y económica equilibrada”, aseveró Barbosa Huerta.

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Por su parte, el secretario de Salud, José Antonio Martínez García, detalló que los días 22, 23 y 24 de enero se registraron 399, 346 y 280 casos positivos respectivamente, dando un total de mil 25 casos activos, destacó que se tienen mil 382 personas hospitalizadas de las cuales 175 requieren respiración asistida.

En contraste el documento establece que los 217 municipios que conforman al estado de Puebla entrarán en un llamado  de  Alerta Alto de Contagio, por lo que a partir del 25 de Enero al 8 de Febrero, todas las personas que puedan trabajar desde casa, deberán hacerlo, especialmente el trabajo administrativo de oficina y que no requiere de atención al público.

Las reuniones en lugares cerrados sólo podrán realizarse con personas y familiares que vivan bajo un mismo techo y en el caso de reuniones en lugares abiertos como jardines y terrazas, podrán llevarse a cabo en grupos máximos de seis personas, incluyendo a niños y niñas de cualquier edad. 

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Se aplicara el “Día Solidario de Cierre”, para toda actividad los días sábados y domingos, así mismo el aforo permitido para toda actividad económica y comercial será del 20% con excepción de los Hoteles y del Sector Industrial que mantendrán una operación con un aforo máximo del 30%.

Por su parte el sector comercio operará en un horario de 8:00 a 19:00 horas, con un aforo máximo del 20% y garantizando siempre la sana distancia; las plazas, centros comerciales y tiendas departamentales tendrán como horario de las 11:00 a las 20:00 horas, pero deberán garantizar un aforo máximo general del 20% en sus espacios.

Los cines operarán con el horario y aforo permitido para los centros comerciales, utilizando la asignación de asientos como un tablero de ajedrez, mientras que los restaurantes, cafeterías, loncherías, cocinas económicas, taquerías y torterías, tendrán un horario de cierre a las 19:00 horas, con un margen de tolerancia de treinta minutos para la salida de comensales y clientes.

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Podrán ofrecer el servicio de mesa en terrazas y espacios abiertos con un aforo máximo del 20%, además de que el límite máximo de tiempo de permanencia en un restaurante será de dos horas, sin venta de bebidas alcohólicas y sin ambientación musical en todo tipo de restaurante; de igual forma se permitirá la venta de comida con servicio a domicilio, por plataforma y para llevar hasta las 23:00 horas, de lunes a domingo.

En cuanto a gimnasios y clubes deportivos, tendrán un horario de las 06:00 a las 20:00 horas, con previa cita y con intervalos de  30 minutos entre una cita y otra, además de que se suspenden las clases grupales en espacios cerrados y los deportes de contacto.

Las auto-experiencias operarán con un horario de cierre a las 20:00 horas, sin venta de bebidas alcohólicas y previa validación de protocolo por parte de la Coordinación General de Protección Civil del Estado.

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En el caso de los centros religiosos, templos e iglesias podrán realizar la celebración de servicios o reuniones con un aforo máximo del 20%, mientras que los salones de eventos especiales, servicio de banquetes, eventos deportivos no profesionales, fiestas patronales, casinos, billares, boliche, conciertos, centros nocturnos, bares, botaneros o cantinas, balnearios y baños públicos permanecerán cerrados hasta que el semáforo epidemiológico lo permita.

El comercio informal y el ambulantaje quedan prohibidos en el estado de Puebla, siendo responsabilidad de los ayuntamientos ejecutar acciones y medidas puntuales que permitan el cumplimiento de este punto.

Los servicios de transporte público, mercantil y ejecutivo mantienen restricciones en el horario, por lo que se suspenden las corridas en el horario de las 21:30 a las 05:30 horas del día siguiente; en cuanto a la última corrida de la Red Urbana de Transporte Articulado (RUTA), saldrá de sus bases a las 21:30 horas, reiniciando actividades a las 05:30 horas del día siguiente.

Finalmente el documento establece que el Gobierno del Estado mantendrá los operativos de supervisión de cumplimiento de los decretos y medidas, emitidos en el marco de la emergencia sanitaria.

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