Se complica el registró de Enrique Cárdenas

El académico Premio Nacional de Economía, celebró la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) cuya Sala Superior reconoció que la legislación local restringe el derecho constitucional a ser votado; además ordenó este lunes a las instancias electorales otorgar 30 días más para recabar apoyos ciudadanos para obtener la postulación a gobernador, disposición que tendrá que acatarse de manera inmediata, independientemente de que el órgano local electoral, haya desactivado los mecanismos electrónicos para obtener firmas de apoyo.

La resolución de TEPJF obliga a las instancias electorales a rehabilitar de manera completa y total los mecanismos de obtención de firmas, lo que incluye la reactivación de los más de mil 200 voluntarios, cuya activación no es una carga a costa de Sumamos o Enrique Cárdenas, quien sí cuenta con la atribución de dar de alta a nuevos auxiliares, pero no le corresponde la obligación de actualizar a los que ya estaban en operación, ni garantizar el adecuado funcionamiento de la aplicación móvil para recabar firmas.

Cabe destacar que el alcance de la sentencia difícilmente corresponde con los lineamientos originalmente diseñados de la aplicación referida, lo cual representa un reto no sólo para el IEE sino para el INE, atendiendo a que este tipo de programas y por ende sus modificaciones son objeto de una estricta regulación y fiscalización de toda índole, en la que se incluye la asignación por licitación para su respectivo diseño y operación.

Hay que resaltar además que el plazo para registrar candidatos fijado en la convocatoria expedida por el IEE mediaba entre el 5 y el 11 de marzo, por lo que con el nuevo plazo concedido para recabar firmas, éste podría ser modificado en una sesión extraordinaria del Consejo General, sin que medie fundamento expreso en el Código Electoral del Estado para tomar tal determinación, lo que abre una laguna legal.

Cabe destacar que el pleno del TEPJF consideró “que el plazo para la recolección de firmas, en combinación con el resto de los requisitos establecidos en la legislación electoral local, resulta inconstitucional, por restringir el derecho a ser votado en la modalidad de candidatura independiente”.

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