Por Mi Propio Derecho |  3.7 millones de razones para avergonzarnos como sociedad

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Por: Jorge Pinto Tepoxtecatl

De acuerdo con la OIT y UNICEF, alrededor de 138 millones de niños y niñas continúan trabajando en el mundo, mientras que casi 54 millones realizan labores consideradas peligrosas, es decir, actividades que ponen en riesgo su salud, seguridad o desarrollo.

https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/dia-mundial-trabajo-infantil-2026-desafio-aun-afecta-138-millones-ninos-mundo-20260607-817242.html

El trabajo infantil es un fenómeno marcado por la pobreza, la exclusión, la discriminación y la falta de oportunidades. Esta problemática priva a la niñez de una infancia digna y perpetúa brechas de desigualdad profunda en la vida adulta. Al respecto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como toda actividad económica que despoja a las infancias de su potencial y su dignidad, resultando gravemente perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

En el marco normativo mexicano, el artículo 173 de la Ley Federal del Trabajo establece que el trabajo de los menores queda sujeto a la vigilancia y protección especial de las autoridades laborales, tanto federales como locales. Asimismo, dispone que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con las entidades federativas, debe desarrollar programas para identificar y erradicar esta práctica. Sin embargo, para que esta norma sea efectiva se requiere una verdadera articulación entre los órdenes de gobierno, sumada a la participación activa de la ciudadanía para denunciar los centros de trabajo donde se perpetra este flagelo.

En la actualidad, el trabajo infantil ha adquirido nuevas dimensiones, de manera que continúa siendo una práctica alternativa para las familias pobres, pero también se ha convertido en una problemática ligada a grupos de delincuencia organizada, (trata de personas) quienes trafican con la vida, la integridad moral y física, así como con el presente y el futuro de quienes caen en sus garras, sin importar los daños que ocasionan en sus víctimas directas (en este caso los menores) o indirectas (como la familia y la propia sociedad). http://www.scielo.org.co/pdf/dere/n47/0121-8697-dere-47-00310.pdf

En México, el panorama sigue siendo alarmante. Según la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2022, 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años se encontraban en situación de trabajo infantil, lo que representaba el 13.1 % de la población en ese grupo de edad. De ellos, el 48.6 % realizaba ocupaciones no permitidas, el 42.9 % efectuada quehaceres domésticos en condiciones inhumanas o no adecuadas, y el 8.5 % combinaba ambas situaciones. Además, 2.1 millones desempeñaban labores no permitidas por encontrarse debajo de la edad mínima legal o en entornos peligrosos, concentrándose la mayoría de los casos en el sector agropecuario (33 %), seguido de servicios (23.2 %) y comercio (21.5 %).

La tutela de los derechos de la niñez le corresponde prioritariamente al Estado. Esta obligación está cimentada en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, la Ley Federal del Trabajo, así como en ordenamientos locales en materia familiar y penal. Pese a este robusto marco jurídico, en la práctica la niñez carece de una protección efectiva que le garantice un entorno donde el afecto, la alimentación, la salud, la educación, el esparcimiento y una vivienda digna sean realidades cotidianas y no simples postulados normativos.

  • Es Doctor en Derecho y miembro del (ILO)Instituto Latinoamericano del Ombudsman-Defensorías del Pueblo.
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