Tu derecho es mi derecho | La tasa mundial de suicidio es de 10.6 por cada 100 mil habitantes

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Por Jorge Pinto Tepoxtecatl

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año se suicidan alrededor de 800 mil personas, cada 40 segundos muere una persona en el mundo por esta causa. La tasa mundial de suicidio es de 10.6 por cada 100 mil habitantes; sin embargo, el 79% de los hechos ocurren en los países con ingresos bajos y medianos. La prevalencia de acuerdo con el sexo también se ve influenciada por la variable económica, mientras que en los países desarrollados los hombres se suicidan casi tres veces más que las mujeres, en los países en vías de desarrollo mueren por este motivo 1.5 hombres por cada mujer (3-5).

http://revistacientificasanum.com/vol-9-num-2-abril-2025-suicidios-antitesis-de-la-vida-mortalidad-cr creciente-en-songo-la-maya/

El fenómeno del suicidio es  problema de salud pública que debe ser atendido de manera multidisciplinaria, algunos de los factores que pueden incidir para realizarse son: psicológicos, económicos, discriminación, violencia, estrés, adicciones, entre otros, por lo que se requiere de programas focalizados de prevención, acompañamiento y atención que tengan como fin primordial proteger los derechos humanos y fundamentales de todos los individuos. Tales derechos son: a).-Derecho a la salud.- El sistema de salud debe contar con observatorios estatales y nacional del suicidio que permitan tener indicadores para poder darle un mejor manejo a los programas diseñados para atender este tipo de problemáticas, de igual modo, se deben tener unidades de prevención y atención al suicidio en todo el país, dichas unidades deben estar vinculadas con el sector educativo desde el nivel básico, ya que la salud mental después de la pandemia de COVID-19, ha tomado un carácter prioritario y lo deben reflejar las políticas públicas que se implementen en materia de salud, atendiendo a lo establecido en tratados internacionales como lo son: la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo 25.1, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 12 y en nuestra Constitución en el artículo 4. b). Derecho a la información, es muy importante que la población se concientice de que, el suicidio es una de las causas de muerte más recurrente, que los jóvenes son un sector que está en riesgo, que las ideas suicidas no son un asunto menor y que requieren de atención clínica. No garantizar el derecho a la información en relación con las problemáticas de salud mental implicaría un aumento del mismo y debilitaría al sistema de salud pública, asimismo, implicaría no dar observancia a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo 19, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19, en el Pacto de San José Costa Rica en el artículo 13  y como derecho fundamental en nuestra Constitución en los artículos 6 y 7.   

El suicidio no es un asunto menor, después de la pandemia de COVID-19, en Japón se nombró a un ministro de la soledad, para prevenir el suicidio, la soledad social y el aislamiento, y de este modo frenar el aumento de muertes por suicidio en aquel país.

Si conoces a una persona con ansiedad, depresión, aislamiento, cambios radicales de ánimo; ayúdala, porque puede estar en riesgo de suicidio. 

  • Es Doctor en Derecho y miembro del Instituto Latinoamericano del Ombudsman. ILO-Defensorías del Pueblo
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